Recursos de Extranjería en L'Hospitalet y Barcelona

¿Te han denegado una solicitud de Extranjería?

Analizo la resolución, los motivos de la denegación y las posibilidades de recurrir.

Una denegación de extranjería no siempre significa que no existan otras opciones. Dependiendo del tipo de procedimiento y de los motivos de la resolución, puede ser posible presentar un recurso o valorar otra vía para defender tus derechos.

Como abogada especializada en extranjería, estudio tu resolución y las circunstancias de tu caso para determinar qué opciones pueden existir y cuál puede ser la vía jurídica más adecuada.

¿En qué situaciones puedo ayudarte?

Puedo estudiar tu caso cuando hayas recibido una resolución desfavorable relacionada, entre otros, con:

  • Arraigo
  • Autorización de residencia
  • Renovación de residencia
  • Reagrupación familiar
  • Residencia de familiares de españoles
  • Denegación de visado Schengen de un familiar

¿Qué hago si me han denegado la solicitud?

Lo primero es analizar detenidamente la resolución y conocer los motivos por los que la Administración ha denegado tu solicitud.

Reviso tu expediente, la resolución recibida y la documentación aportada para valorar si existe una vía para recurrir y qué estrategia puede ser la más adecuada en tu caso.

Los plazos para recurrir son importantes, por lo que es recomendable actuar cuanto antes y no dejar pasar el tiempo.

 

¿Qué recurso puedo presentar?

Recurso de reposición

Este recurso se presenta ante el mismo órgano que emitió la decisión y el acto pone fin a la vía administrativa.  Este recurso es potestativo. Es crucial presentar este recurso dentro del plazo estipulado, un mes desde la notificación.

Recurso de alzada

Procede contra actos que no ponen fin a la vía administrativa y se interpone ante el órgano superior jerárquico.

Recurso contencioso-administrativo

El recurso contencioso-administrativo se interpone ante los tribunales contra los actos que ponen fin a la vía administrativa. Con carácter general, el plazo para recurrir un acto expreso es de dos meses, aunque el cómputo puede variar según el tipo de resolución y si previamente se ha presentado un recurso de reposición.

¿Has recibido una resolución desfavorable de Extranjería?

 

Si te han denegado, inadmitido o archivado una solicitud, puedo estudiar tu resolución y explicarte qué opciones pueden existir en tu caso.

No dejes pasar los plazos. Consulta tu situación y valoremos juntos la vía jurídica más adecuada.